Incoar el procedimiento sancionador por las presunta infracción en la que hubiera podidoincurrir y la aplicación, en su caso, de la sanción que proceda de conformidad con la tipificación establecida en los artículos 13.1.b) y 13.2.d) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos que señala que tendrán consideración de infracciones administrativas muy graves "el tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia" y de infracciones administrativas graves " Hallarse el perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena" cada uno de
ellos respectivamente y el artículo 55.4 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales del Municipio de San Bartolomé señala que son infracciones graves " La no vacunación antirrábica o la no realización de tratamientos declarados obligatorios¿.
Información:
Periodo de vigencia:
de jueves, 6 de junio de 2024 a jueves, 27 de junio de 2024
Fecha de publicación:
jueves, 6 de junio de 2024
Tipo de publicación:
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Procedencia:
AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOME