Sede Electrónica

SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Derecho de acceso a la información pública según se recoge en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

QUIÉN PUEDE INICIAR EL PROCEDIMIENTO
  • Dirigido a: Personas Físicas y Personas Jurídicas.
  • Para que tengo que iniciarlo: Solicitar y obtener información incluida en las leyes de transparencia. 
CÓMO SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

Resumen de los pasos a seguir durante la tramitación: 

1. Presentar la solicitud junto a la documentación requerida. 

2. Elaboración de Informe donde se indique la información y remita en su caso la información solicitada.

3. Remisión de la Información solicitada.

PLAZO DE INICIO

En cualquier momento.

PRESENTACIÓN

En cualquier momento.

REQUISITOS

Ninguno.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA
  • DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia del solicitante.
  • En el caso de representación, DNI del representante y escrito de autorización del interesado.
  • ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA INFORMACIÓN?
    • Todas las personas, en los términos previstos en el artículo 105.b de la Constitución española.
    • Las personas jurídicas podrán así mismo ejercer su derecho de acceso.
  • ¿DEBERÁ MOTIVARSE LA SOLICITUD?
    • Nadie está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información.
  • ¿DEBERÁ IDENTIFICARSE EL CIUDADANO QUE PIDA INFORMACIÓN?
    • Si, la solicitud podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: la identidad del solicitante, la información que se solicita, una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones y, en su caso, la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada.
TRIBUTOS O PRECIOS PÚBLICOS APLICABLES

Es gratuito.

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

Lugar de presentación:

  • Sede Electrónica. A través del Registro Electrónico, con DNI electrónico o certificado digital. https://eadmin.sanbartolome.es
  • Registro General del Ayuntamiento, de forma presencial, en:
    • San Bartolomé: Plaza León y Castillo, s/n
      • 35550 San Bartolomé
      • De lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas
    • Playa Honda: Calle Merlín, 1
      • 35509 Playa Honda - San Bartolomé
      • De lunes a viernes de 8,30 a 14,30 horas
  • Oficinas de Correos o a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

1 mes.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

El Ayuntamiento.

FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA
EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
RECURSOS
NORMATIVA APLICABLE AL PROCEDIMIENTO
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 12/2014 de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática

Tramitar presencialmente

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo descargando y cumplimentando los siguientes formularios:

Procedimientos relacionados

El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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