Solicitud de Alta o cambio de domicilio
- Hoja padronal debidamente cumplimentada y firmada. Se adjunta modelo (que se encuentra en la pestaña "Tramitación").
Documentos que acrediten la identidad de las personas inscritas (en vigor)
- Mayores de 14 años (DNI, pasaporte, Tarjeta de residencia, resguardo de presentación de solicitud de protección internacional).
- Menores de 14 años (Libro de Familia o certificación de nacimiento, acompañado de DNI, pasaporte o Tarjeta de residencia, si lo tienen). Los mayores de 14 años están obligados a poseer DNI.
Documentos que acreditan la ocupación de la vivienda
- Alta en una vivienda de su propiedad: Escritura, Certificado del registro de la propiedad, último recibo del IBI, etc.
- Alta en una vivienda alquilada en la que el titular del contrato es el/la interesado/a:
Contrato de alquiler y último recibo.
- Alta en una vivienda en la que ya figuran empadronadas otras personas:
Autorización de la persona principal ocupante que ya figure inscrita en el domicilio (propietaria o inquilina) acompañado de DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del mismo (cumplimentar la parte inferior del formulario).
- Alta en una vivienda propiedad de otra persona que no figura inscrita en la misma:
Autorización del propietario/a con el correspondiente justificante de la propiedad y DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del mismo.
- Alta en una vivienda en la que el contrato de alquiler figura a nombre de otra persona que no figura inscrita en el domicilio:
Autorización del titular del contrato, contrato más último recibo, DNI, pasaporte o tarjeta de residente del autorizante.
- Alta en un establecimiento colectivo (Comunidad religiosa, Residencias, Cruz Roja, Cuarteles):
Autorización de superior/a, director/a o persona responsable adjuntando DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del mismo.
Empadronamiento de menores
1. Empadronamiento con ambos progenitores.
- Hoja padronal con todos los datos del menor, Libro de Familia o certificado de nacimiento.
2. Empadronamiento con uno sólo de los progenitores con el consentimiento de ambos o autorización judicial.
- Imprescindible aportar el consentimiento de ambos, o en su defecto, una autorización judicial.
3. Empadronamiento con uno sólo de los progenitores cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial.
- Si no existe resolución judicial sobre la guarda y custodia del menor aportar una declaración responsable, (ANEXO I).
- Si existe resolución judicial que atribuye la guarda y custodia en exclusiva al progenitor solicitante aportar, además de dicha resolución y convenio regulador en el que se base, una declaración responsable (ANEXO II).
4. Empadronamiento cuando existe una resolución judicial que establece la guarda y custodia compartida por ambos progenitores.
- Si la resolución judicial por la que se fija la guarda y custodia compartida no se pronuncia sobre el lugar de empadronamiento hay que pedir el consentimiento mutuo de ambos progenitores y si no se puede acreditar hay que aportar una nueva resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento. Sin alguno de estos dos documentos no se puede efectuar el alta o cambio de domicilio del menor. En estos casos no es posible el empadronamiento con declaración responsable.
5. Empadronamiento de menores en un domicilio distinto al de los progenitores.
- Si existe custodia compartida, se requerirá autorización por escrito de ambos progenitores o resolución judicial, no siendo posible el empadronamiento con declaración responsable.
- Si no existe resolución que se pronuncie sobre la guarda y custodia aportar la autorización por escrito de uno de los progenitores junto a la declaración responsable correspondiente (ANEXO I).
- Si existe guarda y custodia en exclusiva a uno de los progenitores se puede empadronar al menor con su autorización junto a la declaración responsable (ANEXO II).
6. Empadronamiento de menores tutelados.
- Tienen que aportar la resolución judicial o administrativa correspondiente.